Tel: 15 5910-2190 / 15 3028-3673

Consultas OnLine las 24hs.

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 162. Compensación en dinero – Prohibició

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 162. Compensación en dinero – Prohibició

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 162. Compensación en dinero – Prohibición
Las vacaciones previstas en este título no son compensables en dinero, salvo lo dispuesto en el artículo 156 de esta ley.

Nacional Artículo 162 Ley de contrato de trabajo

No Comments

Leave Comment