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Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 16. Aplicación analógica de las convenciones colectivas de trabajo – Su exclusió

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 16. Aplicación analógica de las convenciones colectivas de trabajo – Su exclusió

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 16. Aplicación analógica de las convenciones colectivas de trabajo – Su exclusión
Las convenciones colectivas de trabajo no son susceptibles de aplicación extensiva o analógica, pero podrán ser tenidas en consideración para la resolución de casos concretos, según la profesionalidad del trabajador.

Nacional Artículo 16 Ley de contrato de trabajo

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